El presente trabajo se ocupa de analizar desde una perspectiva de justicia global la forma en la que los enfoques relacional e institucional abordan la conciliación de los deberes especiales hacia los conciudadanos y los deberes generales hacia los seres humanos, al margen de su nacionalidad.
Para ello, detallaremos en primer lugar las distintas líneas argumentales de ambos enfoques. El enfoque institucional apelará al hecho de que quienes viven bajo el mismo Estado son miembros de una estructura básica compartida que comprende la organización de lo político, social y económico y que son las instituciones de un Estado las encargadas de proteger los derechos de sus ciudadanos (Nagel). Por su parte, el enfoque relacional (Miller) pondrá el énfasis en otro rasgo compartido de los connacionales: la nacionalidad, entendida como un conjunto de relaciones y lazos morales que les unen a través de deberes mutuos exclusivos.
A continuación, analizaremos cómo ambos enfoques acaban convergiendo en afirmar la legitimidad de los Estados para conceder primacía a los intereses de sus ciudadanos connacionales, sosteniendo en consecuencia la validez de la parcialidad moral, desde la que pueden defenderse políticas de cierre de fronteras a los migrantes.
Contrapondremos este enfoque teórico con el problema político de las migraciones globales y evaluaremos la idoneidad y legitimidad de estas posiciones para afrontar el conflicto que se plantea a la hora de acomodar los intereses de los Estados y de sus ciudadanos con los principios de justicia global y los intereses del resto de individuos del planeta. Sostendremos que estas perspectivas adolecerían de falta de equidad en su defensa del supuesto derecho estatal de exclusión de inmigrantes y por otra parte, al ligar instituciones políticas asentadas y ciudadanía, estos enfoques asumirían acríticamente las cuestionables premisas del nacionalismo metodológico y no serían de utilidad para atender los derechos de residencia de quienes carecen de la protección de un Estado para promover efectivamente sus intereses. Todo ello hace que sus planteamientos obturen la posibilidad de desarrollar una idea de ciudadanía global inclusiva.
A continuación, a) sostendremos la necesidad de formular una concepción alternativa a estos dos enfoques b) defenderemos su carácter no relacional y semi-institucional y c) concluiremos sosteniendo que esta concepción alternativa debe permitir afirmar la coherencia de una ciudadanía global en construcción desde la que ya se generarían obligaciones generales. Con ello, se estaría dando respuesta tanto el reto práctico de responder a la urgencia de las migraciones globales como a la necesidad teórica de ampliar los argumentos de justicia global relacional e institucional, de modo que se hagan cargo de la premisa moral básica de la igual consideración de intereses.
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