CÓD.S03-13 ONLINE

La vulneración y discriminación de las poblaciones indígenas en Latinoamérica

Resumen

El presente estudio analiza, la discriminación histórica que han venido y vienen sufriendo las poblaciones indígenas de Latinoamérica, en especial, los países que forman parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos. El propósito es visibilizar la vulnerabilidad de este grupo y, que aún en la fecha, la protección y reivindicación de sus derechos constituye un desafío pendiente en la agenda de los Estados nacionales y de agenda regional del continente americano. No debe olvidarse la transcendencia de las poblaciones indígenas en la Región y su aporte al desarrollo, pluralidad y diversidad cultural en las sociedades, y que existe una obligación estatal con su bienestar económico y social, además del respeto de sus derechos y su identidad cultural.

El Preámbulo de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, señala que urge respetar y promover “los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su filosofía, especialmente, los derechos a sus tierras, territorios y recursos”. En esta línea, el Informe temático de Igualdad y no Discriminación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), indica que, a la exclusión histórica de estas poblaciones indígenas, se le suma la “asimilación, despojo territorial y denegación de sus derechos”, que han dado pie “a importantes brechas sociales, económicas y de goce de derechos entre los pueblos indígenas y tribales en las Américas, y el resto de la población” (CIDH, 2019: 105).

También, La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, refiere que “en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación”. Así, “los indígenas tienen sin discriminación todos los derechos humanos reconocidos en el derecho internacional, y que los pueblos indígenas poseen derechos colectivos que son indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral como pueblos”.

El último informe de la Comisión Interamericana, contempla que aún persiste los “actos de violencia y discriminación en contra de grupos en situación especial de exclusión” como es el caso de los pueblos indígenas, “que se ha visto agudizada en el contexto de la pandemia por el COVID-19”, en particular, “las carencias en la atención médica con enfoque multicultural, demoras en la respuesta estatal en cuanto a la atención a esas poblaciones, y la falta de consulta y consentimiento en relación a las políticas de prevención y mitigación” (CIDH, 2020: Capítulo IV.A).

En definitiva, este estudio, se centra en los diferente informes temáticos y anuales de la Comisión Interamericana y de algunas pautas jurisprudenciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que demuestran que las poblaciones indígenas requieren de una protección especial, a fin de que puedan ejercer sus derechos y libertades de forma plena y equitativa con el resto de la sociedad; en consecuencia, es indispensable establecer y adoptar medidas especiales de protección con el fin de garantizar y asegurar su supervivencia física y cultural.

Palabras clave

derechos Humanos Discriminación latinoamérica. Pueblos Indígenas Vulneración

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Karen Giovanna Añaños Bedriñana

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Hay 10 comentarios en esta ponencia

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      María Alejandra Córdova Moreno

      Comentó el 26/05/2021 a las 20:07:12

      Primero que nada me gustaría felicitar que estuvo muy interesante, y la segunda sería preguntar qué está haciendo el estado para volver la problemática que se está viviendo

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      María Alejandra Córdova Moreno

      Comentó el 26/05/2021 a las 20:06:36

      Qué está haciendo el estado realmente para abordar la situación que se está moviendo al respecto

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      Plácido Fernández-Viagas Escudero

      Comentó el 20/05/2021 a las 13:18:49

      Estimada Karen. Junto con felicitarla, me gustaría preguntarle si ha usado el prestigioso ensayo de E. Goffman sobre el estigma para el estudio que nos plantea o si considera que podría ser útil incluirlo en su marco teórico, en tanto que podría enriquecer el enfoque interdisciplinario.

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        Karen Giovanna Añaños Bedriñana

        Comentó el 22/05/2021 a las 00:25:03

        Gracias Plácido, sí, tuve la ocasión de leer a Erving Goffman y la teoría del estigma, ya hace mucho tiempo y, definitivamente, para abordar esta temática tomo alguna de sus consideraciones, en particular, sobre los estigmas tribales en relación con la raza, la religión y la nación, y que estos pueden ser propensos de ser transmitidos por herencia e intoxicar a toda una familia. Le agradezco su sugerencia y volveré a retomar la lectura de este gran ensayo y destacarlo en mi marco teórico, como bien señala, va a enriquecer el enfoque interdisciplinar de mi estudio. Un cordial saludo.

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      Adolfo Hamer Flores

      Comentó el 19/05/2021 a las 12:47:50

      Buenos días. Gracias por su ponencia, me ha resultado muy interesante. Me gustaría plantearle una cuestión/reflexión. Sin dejar de lado la enorme importancia que tienen las declaraciones de la ONU o la Declaración Americana de Derechos de los Pueblos Indígenas, ya que ponen sobre la mesa, como Vd. misma dice, una realidad de discriminación y violencia ejercida desde hace siglos, ¿no considera que entre las medidas de protección a las poblaciones indígenas debería hacerse mucho más hincapié en la inclusión como elemento obligatorio de estas cuestiones en los contenidos que se imparten en las distintas etapas del sistema educativo? Frente al discurso de polarización y enfrentamiento social del que muchos se benefician al reivindicar la población indígena su identidad y derechos, considero que sería interesante que los avances legislativos no pudieran ser guardados en un cajón, con lo que el sistema educativo y los propios medios de comunicación pudieran aparcarlos. Gracias y un saludo

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        Karen Giovanna Añaños Bedriñana

        Comentó el 22/05/2021 a las 00:28:16

        Gracias Adolfo, muy interesante su reflexión. Sí, estoy totalmente de acuerdo con su persona. La educación en todos los niveles (inicial, primaria, secundaria y universitaria) debería ser obligatoria, a fin de trabajar y concientizar en la sociedad “la inclusión” de este tipo de poblaciones invisibilizadas y discriminadas de forma histórica y en la actualidad. Al respeto considero que el rol y las políticas inclusivas debe partir de los Estados quienes deberían ser los garantes natos de su población, pero como bien dice, esto no es así, y se utiliza a estas poblaciones como un escaparate para satisfacer sus propios intereses.
        Es una triste realidad, por ello, vuelvo a idea inicial, que sólo a través de la educación conseguiremos una mayor proximidad a la igualdad de una sociedad, mientras más educada sea una población es más complicado de manipularlo y someterlo, y el papel de los medios de comunicación es trascendental, pero aquí ya entraríamos a otros temas como la independencia, la imparcialidad, la veracidad de los medios de comunicación, la libertad de expresión, constituyen tareas pendientes a resolver, y sólo el paso de los años y la consolidación de estados democráticos, sociales, constitucionales y de derecho hará posible conseguir una Bienestar general en una sociedad. Un cordial saludo.

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      Glorimar Alejandra Leon Silva

      Comentó el 18/05/2021 a las 01:02:37

      Ante todo, muchas gracias por su ponencia. Mi pregunta es: ¿Tiene conocimiento de algún programa desarrollado a nivel regional para combatir la discriminación y promover la identidad cultural de las mujeres migrantes indígenas?

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        Karen Giovanna Añaños Bedriñana

        Comentó el 22/05/2021 a las 00:33:55

        Gracias a ti Glorimar, es una pregunta muy interesante. Te voy a comentar lo que yo conozco y es el entorno del sistema interamericano de derechos humanos de la OEA.
        Si bien la OEA cuenta con Relatorías especificas sobre los derechos de la mujer, sobre los derechos de las personas migrantes y sobre los derechos de los pueblos indígenas, que autónomamente trabajan en lucha por la igualdad y la reivindicación de los derechos de sus colectivos; no obstante, no tengo conocimiento que exista un programa o una relatoría específica que trabaje esta triple vulnerabilidad: ser mujer, ser indígena y ser migrante, esto hace de que este grupo de mujeres sean “altamente propensas a la violación de sus derechos”, de esta forma, hay una grave segmentación y fragmentación en la protección de este colectivo, que las hace victimas potenciales, y su protección a nivel jurídico es mucho más complicado, porque habría que alegar varios instrumentos jurídicos de forma simultánea si se quiere llevar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, previamente, exista un informe o que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, lleve el caso ante la Corte Interamericana De Derechos Humanos, por ejemplo, primero que un Estado en cuestión haya ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos y aceptado la competencia de la Corte Interamericana y, supletoriamente, se puede alegar la violación de otros instrumentos internacionales como: La Declaración Americana sobre los Derechos de los pueblos indígenas; La Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer conocido también como la “Convención de Belém do Pará ; La Convención Interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia; y, los Principios interamericanos sobre los derechos humanos de todas las personas migrantes, refugiadas, apátridas y víctimas de la trata de personas.
        Como bien puede notar como no existe un Tratado, Convenio o Declaración específico sobre las personas migrantes en el marco de la OEA, se debe alegar un instrumento universal de la ONU como es la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familias; el CIEDR Recomendación general nº 22: Artículo 5 y los refugiados y las personas desplazadas.
        Por lo tanto, es un trabajo bastante complicado y que urge una respuesta conjunta global, más aún en estos últimos años de migraciones masivas ocurridas en la región latinoamericana. Un cordial saludo.

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      Elena Avilés Hernández

      Comentó el 14/05/2021 a las 21:48:51

      ¿Cómo cree que dicha regulación podría proteger a los grupos indígenas víctimas de la violencia sufrida ante la situación actual en Colombia?

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        Karen Giovanna Añaños Bedriñana

        Comentó el 22/05/2021 a las 00:36:14

        Gracias por el comentario Elena, es lamentable la situación que viene ocurriendo en Colombia, definitivamente, en este tipo de conflictos la población más afectada son las más vulnerables, como es el caso de las poblaciones indígenas; los pobres, los menores y las mujeres, etc. En ese sentido, si nos sujetamos estrictamente a los instrumentos internacionales hay muchas limitaciones para que Colombia pueda interponer una demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, no obstante, esta vía es posible, porque además Colombia ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos, esto le legitima a interponer una demanda contra el Estado por incumplimiento de obligaciones o vulneración de sus derechos.
        Desacertadamente, en relación con la firma y ratificación, por ejemplo, de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos indígenas, que, si bien no es un tratado internacional sino una Declaración, Colombia realizó varias observaciones a este instrumento jurídico, que va en desmedro de la población, le adjunto, si le interesa un artículo que trabaje al respecto: Añaños, Karen (2020). Las Observaciones de Estados Unidos, Canadá, Colombia y Brasil en la aprobación de La Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en Tierra, Derechos Humanos y Desarrollo: supuestos y visiones desde África y América.Terre, Droits de L´Homme et Développement: Cas et Visions D´Afrique et D´Amérique (274-291), Universidad de Sevilla. Un cordial saludo.

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