La aceptación social y legislativa de matrimonios en parejas del mismo sexo, de tres o más personas, sigue dividida y genera aún controversia, por un lado, se han logrado importantes reformas legislativas tanto en América como en Europa para incorporar paulatinamente nuevas formas de constituir familias; pero por otra parte, ciertos sectores conservadores de la sociedad presentan una resistencia al cambio ya que dichos cambios se aleja de principios y convenciones tradicionales, principalmente de tipo religioso.
El presente ensayo, pretende explorar la relación entre el derecho y la religión, las diversas formas de constituir familias, la influencia de la religión en México, como causa aparente de resistencia en algunos sectores de la sociedad para aceptar nuevas formas de construir familias, así como la reflexión de adoptar la teoría del velo de ignorancia de John Rawls al momento de legislar, lo que permitiría en la norma jurídica la pluralidad de pensamiento como un mecanismo de integración social.
Palabras clave
Ponencia Online
Documentación de apoyo a la presentación ONLINE de la ponencia
Juan Velayos Vega
Comentó el 21/05/2021 a las 08:50:15
Enhorabuena por la exposición de un planteamiento actual y controvertido en numerosos paises.
Me gustaría saber que piensan sobre la afirmación realizada por otros autores que opinan que la religión es uno de los elementos claves de la civilización occidental. Sobre el que se desarrolla un cristianismo cultural esencial para el mundo occidental y que si se perdiera implicaría la zozobra y la pérdida de los elementos esenciales de libertad e igualdad que proporcionó la posibilidad de considerar a todas las personas iguales, liberándolas del poder absoluto del monarca o los oligarcas.
Es este un argumento contrario a la posición que manifiesta Rawls cuando dice en su obra liberalismo político que la filosofía moral fue siempre un ejercicio de la mera razón libre y disciplinada que no se fundó en la religión.
Muchas gracias
Responder
Carlos Ruz Saldívar
Comentó el 21/05/2021 a las 17:18:18
Estimado Juan, gracias por tomarte el tiempo de ver nuestra ponencia. En primer lugar debo dejar en claro que respeto todo tipo de creencia, pero la afirmación de que el cristianismo es esencial en el mundo occidental como creadora de la libertad e igualdad, es insostenible históricamente. Toda la edad media significó una persecución contra los judíos, España inició la modernidad con el infame edicto de Granada de 1492 que desterró a los judíos, podríamos pensar que en la modernidad después del siglo de las luces, la emancipación judía, el desarrollo tecnológico y el descrédito de la iglesia católica, las cosas cambiarían, y que en el siglo XX tales ideas quedarían reducidas a pequeños grupos incultos, pero Joseph Goebbels con un PhD en literatura alemana y siendo el jefe de propaganda del partido Nazi propuso una vieja receta, la hoguera, pero ahora del intelectualismo judío, así como la expulsión de los profesores judíos de las universidades, por la contaminación que ocasionaban con sus ideas y que habían contaminado la llamada República de Weimar y se debía de proteger en contra de su impacto en la sociedad alemana (Nirenberg, 2013).
Los prejuicios de la Alemania moderna de contaminación política no eran muy distintos de la España medieval. Los reyes godos desconfiaban de los judíos de Hispania, los acusaban de conspiración con las comunidades norteafricanas islámicas que causaban inseguridad al reino (García Iglesias, 2002), en ese sentido el perjuicio y el estereotipo cristiano era idéntico en la edad media y en nuestro pasado reciente. Pero las atrocidades no solo han sido cristianas, el Islam también tiene su historia de terror y el judaísmo tampoco se escapa.
La racionalidad en cambio, permitió que en la Francia de la revolución, los judíos fueran emancipados y reconocidos como ciudadanos, pero no impidió el caso Dreyfus, sin embargo, si hacemos a un lado el talante religioso, la racionalidad nos permite espacios de entendimiento, si entiendo a Rawls, ese es el mensaje central de su filosofía.
Responder
Darllyn Ismey Muñoz Rodríguez
Comentó el 20/05/2021 a las 19:32:41
Estimados autores,
Enhorabuena por el trabajo.
Creo que para estas luchas y conquistas sociales la educación formal e informal es el camino para alcanzarlas. No sólo desde las aulas escolares sino también desde las familias y los estilos de crianza.
Ahora bien, desde tu experiencia, consideras que es posible abordar del desafío de educar y legislar con un velo de ignorancia aún cuando se conserve una ideología espiritual y religiosa específica? o sería necesario desprenderse de ellas?
Gracias y un saludo.
Responder
Carlos Ruz Saldívar
Comentó el 20/05/2021 a las 19:58:51
Darllyn, gracias por tus comentarios, creo que debemos desprendernos de cualquier ideología religiosa al impartir educación, puedo estar convencido de que mi creencia es la "correcta", pero no debo implantarla, se requiere respeto absoluto. En la Constitución mexicana de 1857, el constituyente discutió la libertad religiosa, el obispo de la Ciudad de México escribió al Papa para explicar lo que se pretendía, el Papa escribió una carta amenazando con la excomunión en contra de los diputados, los cuales manifestaron que eran Católicos creyentes y respetaban a la iglesia, pero entendían que otros pensaran diferentes, para mí ese es un ejemplo claro de velo de ignorancia en México, no tomar en cuenta nuestras convicciones ni para legislar ni para educar.
Responder
Ana Josefina Cuevas Hernández
Comentó el 20/05/2021 a las 18:10:56
Hola, muy sugerente y propositiva la discusión, falta aun un largo, largo camino por recorrerse en México en el sentido que lo propones para lograr esos derechos y garantías individuales. En tu opinión, ¿en dónde estamos frente a esa tarea de legislar por los derechos individuales y qué se necesitaría para poder transitar con mayor rapidez hacia esta realidad? Otra pregunta tiene que ver con la bibliografía, ¿es posible que compartas las referencias que usaste en la ponencia? Trabajo sobre la diversidad familiar y me gustaría revisar algunas de las ideas que planteaste, en particular lo relativo a América Latina. En septiembre se celebrará el IV Congreso Internacional de Estudios Sobre las Familias en la Universidad Autónona de Tlaxcala: https://ceasmexico.wordpress.com/2021/04/13/convocatoria-iv-congreso-internacional-de-investigadores-en-estudios-de-las-familias-iv-encuentro-de-la-red-de-e-studios-sobre-familias-y-america-latina/, tal vez te interese participar. Saludos.
Responder
Carlos Ruz Saldívar
Comentó el 20/05/2021 a las 18:59:21
Muchas gracias por tu pregunta, en relación a México, el problema desde mi visión es una cuestión de educación, vemos toda una campaña política sin propuestas y sin preparación, no podemos aspirar a mejores leyes si los que son encargados de realizarlas no tienen preparación. Del Congreso, gracias por la invitación, estoy interesado en participar en breve pediré informes. Te comparto las referencias, saludos.
La Biblia. (1990). Versión de la Biblia Nueva Reina – Valera . Sociedad Bíblica Emanuel.
Beckerman, S., & Lizarralde, R. (2003). Paternidad compartida entre los Bari. En C. (. Alès , & J. (. Chiappino, Caminos cruzados: Ensayos en antropología social, etnoecología y etnoeducación. IRD Éditions.
Bravo, G. A., & Bravo Valdés, B. (2007). Derecho Romano. Primer Curso. Cd. de México: Editorial Porrúa.
Cruz Vargas, J. C. (2018). A la baja creencia en el matrimonio; uniones libres se duplican: Inegi. PROCESO.
Dark, S. (17 de Nov. de 2017). As a polygamist community crumbles, 'sister wives' are forced from homes. The Guardian. Obtenido de https://www.theguardian.com/society/2017/nov/17/fundamentalist-mormons-sister-wives-homelessness
De Andrés, F. (12 de Agosto de 2016). ¿Por qué tener hasta cuatro mujeres es un derecho para un musulmán? ABC Internacional. Obtenido de https://www.abc.es/internacional/abci-tener-hasta-cuatro-mujeres-derecho-para-musulman-201608090332_noticia.html
Engels, F. (2011). El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado. Buenos Aires: Tecnibook Ediciones.
Harari, Y. (2015). Sapiens: A Brief History of Humankind. New York, USA: Harper Collins e-books.
Herreros Ubalde, P. (2014). Yo, mono. Barcelona: Ediciones Destino, S.A.
Lara Bravo, A. (2015). Libertad Religiosa en México. Cd. de México: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Levine, L. (2011). The Age of Hellenism. En H. Shanks, Ancient Israel: from Abraham to the Roman destruction of the Temple (págs. 237 - 285). Washington, DC / Upper Saddle River, NJ, USA:: Biblical Archaeology Society / Prentice Hall PEARSON.
Meyers, E., & Burt, S. (2011). Exile and Return: From the Babylonian Destruction to the Beginnings of Hellenism. En H. Shanks , Ancient Israel: from Abraham to the Roman destruction of the Temple (págs. 209 - 236). Washington, D.C./ Upper Saddle River, NJ: Prentice Hall PEARSON / Biblical Archaeology Society.
Muñoz Rocha, C. (2013). Derecho Familiar. Ciudad de México: Oxford University Press México, S.A. de C.V.
Noticieros Televisa. (08 de Mayo de 2016). Norberto Rivera llama a defender Matrimonio y derecho a la vida en nueva Constitución de la CDMX. Cd. de México, Estados Unidos Mexicanos.
Politis, K. (Jan/Feb 2004). Where Lot´s Daughters Seduced their Father. Biblical Archaeology Review, 20 - 31.
Rawls, J. (2012). Teoría de la Justicia. Cd. de México: Fondo de cultura económica.
Rivero Gracia, M. (1999). El Código de Hammurabi. Clío: History and History Teaching(No 7). Obtenido de http://clio.rediris.es/fichas/hammurabi.htm
Sandel, M. (2011). Justicia: ¿Hacemos lo que debemos? Barcelona: Penguin Random House Grupo Editorial España.
Starkweather, K., & Hames, R. (2012). A survey of non-classical polyandry. Human Nature(No. 23), 149 -172. Obtenido de https://philpapers.org/rec/STAASO-2
Torres, M. (29 de Enero de 2017). Mi vida feliz como mujer de un polígamo. El País. Obtenido de https://elpais.com/elpais/2017/01/19/icon/1484844930_340659.html
Responder